Si vives en Argentina o eres una Agencia y tienes clientes radicados aqui, te interesará saber sobre cómo afectan los impuestos en el presupuesto destinado a las campañas publicitarias y qué opciones hay para minimizar su impacto.
Normativa.
En Argentina se recargan los siguientes impuestos a las campañas publicitarias en facebook o instagram:
. Impuesto de IVA (21%).
. Impuesto Anticipo de Ganancias (35%).
. Impuesto PAIS de Servicios Digitales (8%).
El impuesto de valor agregado es de común aplicación en el mundo, no obstante el de Anticipo de Ganancias y de Impuesto Pais son parte de un paquete impositivo de emergencia aplicado tanto a la compra y/o transacciones en moneda extranjera como lo es las campañas publicitarias en facebook e instagram ads.
Si bien el Impuesto País es del 30%, la salvedad que realizó el gobierno a este respecto fue separar lo que se llamó "Servicios Digitales". Este tipo de operaciones le corresponde pagar un 8%.
Facebook se encuentra dentro de la lista de servicios digitales (puedes verlo aqui), no obstante, he conocido algunos casos en los que la institución emisora de la tarjeta puede desconocer que facebook ads corresponde a esta lista y simplemente cambia el 8% por un 30% aumentando así el costo de la campaña. Para evitarlo asegurate que la tarjeta que utilices trabaje de acuerdo a la normativa vigente.
Aplicación en nuestras campañas.
Al realizar tus anuncios debes contar con la acreditación de estos impuestos que aparecerán en tu tarjeta como un recargo adicional.
Por ejemplo, si tu presupuesto publicitario es de $10.000,00 pesos argentinos, deberías sumar $6.400 de impuestos.
De esta manera tendrás total control sobre tu presupuesto y no te llevarás sorpresas al recibir el resumen de tu tarjeta.
¿Cómo evitar el pago de anticipo de ganancias?
Para aquellos que trabajan con paypal cobrando en el extranjero, pueden crear una cuenta publicitaria nueva en dólares y agregarlo como método de pago. Esto les va a servir para evitar el recargo del Anticipo de Ganancias y el Impuesto Pais.
¿Cómo pedir el reintegro de ganancias para quienes no aportan?.
Si tu aportas ganancias, podrás utilizar estas retenciones para la presentación de la Declaración Jurada de Ganancias.
Caso contrario, tienes la opción de solicitar el reintegro de estos anticipos. Con lo cual recuperarías buena parte del gasto en tus campañas publicitarias.
Requisitos para poder hacer la solicitud
Antes de poder realizar este trámite tienes que tener:
A) Cuit y Clave Fiscal Nivel 2 o más de seguridad. (Si no lo tienes te sugiero veas este video del canal inverfacil)
B) Declaración del CBU en el cual te haran la devolución de la percepción. (Si no lo tienes en este mismo video te explico cómo hacerlo)
C) Poseer Constituido tu Domicilio Fiscal Electrónico. (Si no lo tienes te sugiero veas este video del canal My Consulting Ar)
Además solo quienes no son contribuyentes de Ganancias y/o Bienes Personales, pueden solicitar el reintegro.
Paso a paso como solicitar el reintegro de Ganancias.
Una vez que tengas estos requisitos, deberemos hacer lo siguiente:
1) Primero ten a mano todos los resumenes de tarjeta en los que figure el concepto del Anticipo de las Ganancias ( puede aparecer también como "DB.RG 4815 35%").
2) Para mayor orden te sugiero que hagas una tabla donde figure: Periodo del cierre de la tarjeta y monto percibido.
3) Ingresa a tu perfil de AFIP https://auth.afip.gob.ar/contribuyente_/login.xhtml , colocando tu usuario y clave fiscal.
4) Ve al administrador de relaciones de clave fiscal y click a "Adherir Servicio".
5) Luego dale click a AFIP y a "servicios interactivos". Se desplegará una lista de aplicativos. Busca el que dice "Devolución de Percepciones".
6) Dale click a Confirmar. Cuando el sistema te confirme que recibiste el aplicativo, vuelve a tu perfil de afip, cierra sesión y vuelve a ingresar nuevamente.
7) Una vez dentro, busca el aplicativo "Devolución de Percepciones" y dale click.
8) En Devolución de Percepciones deberás cargar periodo a periodo todas las percepciones de Anticipo de Ganancias que te han realizado en la tarjeta. Para esto deberás dar click en "Nuevo". Los periodos se escriben del siguiente modo:
Septiembre del 2020 se escribe 202009
Octubre del 2020 se escribe 202010
Noviembre del 2020 se escribe 202011
Diciembre del 2020 se escribe 202012
Completa el campo del periodo correspondiente y continua.
9) Normalmente las entidades emisoras de tarjetas de crédito comunican a la afip las percepciones realizadas y las encontrarás automáticamente cargadas. En este caso, deberás chequear con tu resumen de tarjeta que los datos sean correctos y si no falta ninguno en ese periodo, dar click a presentar.
Caso contrario deberás dar click a "Agregar Percepciones".
10) Este formulario es muy fácil de completar ya que todos los datos que te solicitan los encontrarás en el resumen de tu tarjeta. El único dato que no encontrarás allí es el primero "Tipo de Operatoria Origen".
Como dije al principio, este blog es para agencias de marketing digital y para anunciantes que quieren el reintegro del anticipo de ganancias. Para estos casos, de acuerdo a la LEY del Impuesto País, corresponde colocar el Artículo 35 inciso b) el cual incluye todas las operaciones canceladas con tarjeta de crédito que adquieren servicios en el exterior, como también las efectuadas en sitios o portales virtuales.
En este punto, a los anunciantes que hemos pagado la publicidad en facebook con tarjeta de crédito, debemos colocar la opción Ley 27541- Art. 35- inciso b). En este punto nos encontramos con dos opciones. ¿Cuál elegir?
A) Si sos monotributista, debes elegir la opción 593- Ley 27541- Art. 35- inciso b) Régimen Simplificado.
B) Si no sos monotributista, debes elegir la opción 594- Ley 27541- Art. 35- inciso b) Demás Sujetos.
11) Completa el resto de los campos con la información del resumen de tu tarjeta y dar click a grabar.
12) Si tienes más percepciones de facebook en otras tarjetas, cárgalas con el mismo procedimiento.
13) Cuando ya tengas cargadas todas las percepciones del periodo, solo debes dar click a "presentar".
14) Repite el mismo procedimiento del 8 al 13 con el resto de los periodos en los que deseas el reintegro.
15) Una vez que termines de realizar este procedimiento te sugiero que des click a "Buscar" y chequeés que los periodos estén cargados correctamente.
Espero que estos pasos te hayan servido, por favor comparte en las redes sociales si te gustó este contenido.